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Artículo 51 de la Ley 11.150

Refunde y coordina todas las disposiciones vigentes relacionadas con pavimentacion en santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26569 / 8847007.

Texto oficial

Artículo 51.° (45.°) La Municipalidad de Santiago elaborará los reglamentos necesarios para la aplicación de esta ley, los cuales, aprobados por la Municipalidad, serán publicados en el "Diario Oficial".