Texto oficial
Artículo 51.° (45.°) La Municipalidad de Santiago
elaborará los reglamentos necesarios para la aplicación de
esta ley, los cuales, aprobados por la Municipalidad, serán
publicados en el "Diario Oficial".
Refunde y coordina todas las disposiciones vigentes relacionadas con pavimentacion en santiago
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26569 / 8847007.