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Artículo 38 de la Ley 11.170 · Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento

Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26576 / 8279301.

Texto oficial

Art. 38.o El servicio de conscripción podrá anticiparse hasta por dos años y postergarse hasta por cinco años. En casos determinados podrá concederse una reducción del tiempo de conscripción fijado en la convocatoria y cumplirse fraccionadamente el servicio en períodos determinados.