Texto oficial
Art. 51.o En tiempo de guerra, los ascensos del personal de reserva se sujetarán a las normas establecidas para el personal del cuadro permanente.
Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26576 / 8279319.