Texto oficial
Art. 56.o El personal de reserva quedará obligado a concurrir a las sesiones de instrucción a que sean citados por el Jefe o Comandante de la unidad a la cual se encuentran adscritos.
Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26576 / 8279324.