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Artículo 1 transitorio de la Ley 11.200

Fija como deben entenderse las cancelaciones de contratos del personal que indica en la direccion general de obras publicas, ley 11,151

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26584 / 5969124.

Texto oficial

Artículo transitorio.- La presente ley regirá desde el 5 de Febrero de 1953, pero tendrán también derecho a acogerse a sus beneficios los empleados a que se refiere el artículo 1.o cuyos contratos hayan sido cancelados en el período de 90 días anteriores a dicha fecha".