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Artículo 26 de la Ley 11.219

Fija disposiciones por que se regira, la caja de retiro y prevision de los empleados municipales de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26600 / 9043461.

Texto oficial

Artículo 26.° Con ocasión de practicarse los estudios actuariales que ordena el N.° 8 del artículo 7.° de esta ley, se determinará la posibilidad de reajustar anualmente las pensiones de jubilación y montepío de vigencia dentro de los límites que permita el estudio financiero de la Caja.