Texto oficial
Artículo 44.° Los imponentes afiliados a la Caja
quedarán obligados a remitir a la Institución en la forma
que le sean solicitados, todos sus antecedentes
estadísticos.
Fija disposiciones por que se regira, la caja de retiro y prevision de los empleados municipales de la república
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26600 / 9043479.