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Artículo 5 de la Ley 11.228

Autoriza a la municipalidad de rauco para contratar un prestamo hasta por la suma de $ 1.000.000.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26607 · idParte: 8279392

Texto oficial

Artículo 5° El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Rauco, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde si éste no hubiere sido dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna.