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Artículo 3 de la Ley 11.230 · Autoriza a la municipalidad de llay-llay para transferir el terreno que indica.

Autoriza a la municipalidad de llay-llay para transferir el terreno que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26609 / 8279402.

Texto oficial

Artículo 3° El valor de la transferencia será determinado de común acuerdo por la Municipalidad de Llay-Llay y la institución adquirente, el cual, en ningún caso, podrá ser inferior al valor del avalúo fiscal de los mismos terrenos, o de los más cercanos a ellos en caso de que los primeros no figuraren en el rol respectivo".