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Artículo 1 transitorio de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 266290 / 9054388.

Texto oficial

ARTICULOS TRANSITORIOS Art. 1.º El primer nombramiento de oficiales del Rejistro Civil será hecho por el Presidente de la República a propuesta en terna formada por el Consejo de