Texto oficial
Artículo 42. Las mujeres tendrán derecho a que se les conceda permiso desde 6 semanas antes del parto y hasta seis semanas después.
Fija el texto refundido de la ley sobre estatuto de los empleados municipales de la república
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26657 / 8846373.