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Artículo 54 de la Ley 11.469

Fija el texto refundido de la ley sobre estatuto de los empleados municipales de la república

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26657 / 8846387.

Texto oficial

Artículo 54. La modificación de la planta a que se refiere la letra c) del artículo 52 sólo procede de acuerdo con las formalidades prescritas en el artículo 30 y las causales de las letras d) y e) también del artículo 52 en conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 40, respectivamente. Si la resolución fundada en algunas de las causales a que se refieren las tres letras antes indicadas fuere tomada en contravención o sin los requisitos que establece esta ley, el empleado afectado podrá entablar el reclamo de ilegalidad que contempla la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades.