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Artículo 2 de la Ley 11.479

Traspasa las cantidades que indica entre los item que señala, letras o numeros del presupuesto vigente, aprobado por la ley n.o 11,141.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26661 / 7173611.

Texto oficial

Artículo 2.o. Los fondos destinados a alimentación en los internados de Escuelas Industriales y Técnicas, de alumnos provenientes de Escuelas Gogares y Escuelas Primarias con Internado, que se consultan en el ítem 07/04/04/i-1-1), de la Ley de Presupuestos, podrán destinarse, también, para pagar alimentación de estos alumnos, en los internados de Escuelas Industriales, de Minas y Técnicas, dependientes de la Universidad Técnica del Estado.