Texto oficial
Artículo 20.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar del 1 de enero del año 2008, sin perjuicio de que puedan dictarse a contar de la fecha de su publicación los decretos a que se refiere el artículo 3°.
Presupuestos del sector público para el año 2008
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 267008 / 8655233.