Texto oficial
Artículo 3.o Se faculta al Presidente de la República para refundir en un solo texto las leyes 9,856 y 11,206, de acuerdo con las modificaciones introducidas por esta ley".
Modifica la ley n° 9.856 modificada por la n° 11.206, en la forma que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26706 / 9043738.