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Artículo 3 transitorio de la Ley 11.595

Modifica la ley número 9,647, de 12 de agosto de 1950, y encasilla al personal de la defensa nacional y del cuerpo de carabineros de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26717 / 9043785.

Texto oficial

Artículo 3° Los cargos contemplados en la planta del Servicio Técnico del Hospital Militar a que se refiere la letra c) del artículo 5, serán llenados por el mismo personal que ocupaba estos puestos a la dictación del decreto con fuerza de ley 392, de 1953.