Texto oficial
Artículo 4°.- La Municipalidad de Arica atenderá el pago del servicio del o los empréstitos indicados en el artículo 1° con los recursos provenientes de sus rentas ordinarias.
Autoriza a la municipalidad de arica para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de $ 4.500.000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26723 / 8279522.