Texto oficial
Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos autorizados por esta ley se invertirá exclusivamente en las siguientes obras:
a) Subscripción de acciones de la
Sociedad Constructora de
Establecimientos Educacionales,
con el objeto de iniciar la
construcción de un Grupo Escolar
para las Escuelas 3, 16 y
Vocacional de Illapel____________ $ 3.000.000.-
b) Construcción de una población
para empleados y obreros
municipales______________________ 2.000.000.-
c) Terminación del Estadio Municipal 1.000.000.-
d) Obras de Urbanización en el
Barrio Mundo Nuevo_______________ 800.000.-
e) Reparaciones en el Cementerio____ 200.000.-
-----------
$ 7.000.000.-
===========
Si alguna de las obras indicadas dejare fondos sobrantes, éstos se invertirán en las obras restantes y una vez que éstas se encuentren terminadas, si aún hubiere saldo, éste se empleará en nuevas obras que indique la Municipalidad, en sesión extraordinaria citada con este objeto.