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Artículo 3 de la Ley 11.651

Autoriza a la municipalidad de osorno para contratar uno o mas prestamos hasta por la cantidad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26743 / 8279592.

Texto oficial

Artículo 3°.- El producto del o los préstamos se invertirán en la terminación de las obras del Mercado Municipal y en la construcción del Edificio Consistorial de la comuna.