Texto oficial
Artículo 3°.- Sustitúyese el texto del párrafo décimo del inciso primero del artículo 16 del decreto con fuerza de ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y Nº 18.469, por los siguientes párrafos décimo y undécimo, nuevos:
"Uno en la Región de Los Ríos: Valdivia.
Tres en la Región de Los Lagos: Osorno, del Reloncaví y Chiloé.".