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Artículo 7 de la Ley 20.229

Otorga facultades para la creación del servicio de salud chiloé, ordena el traspaso del hospital hanga roa al servicio de salud metropolitano oriente y modifica las leyes de planta que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 267702 · idParte: 7360451

Texto oficial

Artículo 7°.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el año 2007 será de hasta la cantidad de $919.476 miles, considerando para su efecto el año completo y se financiará con cargo a reasignaciones de la partida presupuestaria Ministerio de Salud. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con dichos re-cursos.".