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Artículo 33 de la Ley 11.741 · Refunde en un solo texto las disposiciones sobre impuesto a los tabacos manufacturados

Refunde en un solo texto las disposiciones sobre impuesto a los tabacos manufacturados

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26774 · idParte: 8999729

Texto oficial

Artículo 33°.- No serán apelables las sentencias interlocutorias que se dicten en estos juicios. En cuanto a las setencias definitivas, solamente serán susceptibles del recurso de apelación y el Tribunal de Alzada fallará sin más trámite que fijar un día para la vista de la causa.