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Artículo 3 de la Ley 11.743 · Fija la planta, grados y sueldos del personal del servicio de investigaciones

Fija la planta, grados y sueldos del personal del servicio de investigaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26776 / 9893467.

Texto oficial

Artículo 3.o El personal del Servicio de Investigaciones continuará disfrutando de los beneficios establecidos en el artículo 74 del decreto con fuerza de ley N.o 256, de 29 de Julio de 1953, y en los artículos 128 y 132 de la ley N.o 10,343.