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Artículo 11 de la Ley 11.743 · Fija la planta, grados y sueldos del personal del servicio de investigaciones

Fija la planta, grados y sueldos del personal del servicio de investigaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26776 / 9893475.

Texto oficial

Artículo 11.o Para ingresar a la Escuela Técnica de Investigaciones se requerirá haber cursado el 5.o año de Humanidades y haber obtenido notas para ser promovido al curso siguiente. No podrá ingresar al Servicio de Investigaciones ninguna persona que no hubiere terminado satisfactoriamente sus estudios en la Escuela Técnica del Servicio.