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Artículo 47 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9043928.

Texto oficial

Artículo 47.° Declárase que los funcionarios que fueron trasladados de la Dirección General de Carabineros a la Dirección de Pensiones del Ministerio de Hacienda, en virtud del decreto con fuerza de ley 225, de 22 de julio de 1953, siguen incorporados al régimen previsional de dicha Caja en la misma forma y condiciones que el actual personal de Carabineros de Chile.