Saltar al contenido

Artículo 72 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9043953.

Texto oficial

Artículo 72.° El Departamento de Estudios Financieros del Ministerio de Hacienda enviará al Congreso Nacional una copia de los informes anuales que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.° del decreto con fuerza de ley 102, de 18 de junio de 1953, presente al Ministro de Hacienda.