Texto oficial
Artículo 107.° Sin perjuicio de lo dispuesto en la
presente ley, el personal de la Dirección General de
Bibliotecas, Archivos y Museos tendrá un aumento de dos
grados o categorías.
Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9043988.