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Artículo 138 de la Ley 11.764 · Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Fija nueva escala de sueldos para el personal de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26782 / 9044019.

Texto oficial

Artículo 138.° La aplicación de las normas establecidas por esta ley, no podrá significar en caso alguno disminución de remuneraciones o asignaciones al personal en actual servicio.