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Artículo 4 de la Ley 20.237

Modifica el decreto ley nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales la ley nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, y otros cuerpos legales, en relación con el fondo común municipal y otras materias municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 267822 / 8376503.

Texto oficial

Artículo 4°.- Reemplázase el número 4 de la letra g) del artículo 2º del decreto con fuerza de ley N° 1-18.359, de 1985, del Ministerio del Interior, por el siguiente: "4.- Elaborar y proponer al Presidente de la República los coeficientes de distribución de los recursos del Fondo Común Municipal, para efectos de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 38 del decreto ley Nº3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. Dichos coeficientes, junto con los aportes, recursos recibidos, deudas pendientes y renegociaciones con el Fondo Común Municipal, deberán ser publicados en Internet de modo que puedan ser revisados en forma gratuita por los usuarios del sistema, sin la necesidad de obtener previamente una clave digital.".