Texto oficial
"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Placilla para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otra institución de crédito uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de un millón quinientos mil pesos ($ 1.500.000), a un interés anual no superior al 10 % anual, y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de cinco años.
Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los préstamos a que se refiere el inciso anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos.