Texto oficial
Artículo tercero.- El reglamento para la aplicación de esta ley, deberá dictarse dentro de los noventa días siguientes a su publicación.".
Regula la figura de las personas competentes y crea la comisión calificadora de competencias de recursos y reservas mineras
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 267933 / 8655350.