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Artículo 6 de la Ley 11.788

Autoriza a la municipalidad de pitrufquen para contratar con el banco del estado de chile u otras instituciones de credito o bancarias un prestamo hasta por la suma de $ 4.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26803 / 8279711.

Texto oficial

Artículo 6°.- En caso de que los recursos consultados en el artículo anterior fueren insuficientes o no se obtuvieren en la oportunidad debida, para la atención del servicio del o los empréstitos, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias.