Texto oficial
Artículo 33. Los caminos internos deberán ser diseñados de acuerdo al flujo de vehículos estimado en el proyecto de Relleno Sanitario, además deberán estar provistos de toda la señalización necesaria para evitar accidentes y guiar a los vehículos en su recorrido en el interior de la instalación.
El camino de acceso del Relleno Sanitario, así como los caminos internos de circulación, deberán mantenerse transitables en toda época del año.