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Artículo 5 de la Ley 11.799

Autoriza a la municipalidad de panquehue para contratar con el banco del estado de chile u otra institucion de credito un prestamo hasta por la suma de $ 14.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26814 / 8279734.

Texto oficial

Artículo 5°.- El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Panquehue, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde, si éste no hubiere sido dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios, de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna.