Texto oficial
"Artículo 1°.- Autorízase a la Empresa de Agua Potable de Santiago para contratar para sí y para el Servicio de El Canelo uno o más empréstitos, en bonos con garantía fiscal o directamente con garantía general de sus bienes, hasta por la suma de cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000), en cuotas anuales de diez millones de pesos ($ 10.000.000) y a partir desde el presente año.
Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito y bancarias para tomar el o los préstamos a que se refiere el inciso anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos.