Texto oficial
"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Constitución para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de tres millones quinientos mil pesos ($ 3.500.000), a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.