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Artículo 1 de la Ley 11.846

Dispone que correspondera al intendente de magallanes el conocimiento y resolucion de los asuntos administrativos referentes a la antartida chilena o territorio antartico chileno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26852 / 8279809.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Corresponderá al Intendente de Magallanes, dentro de sus atribuciones legales, el conocimiento y resolución de todos los asuntos administrativos referentes a la Antártida Chilena o Territorio Antártico Chileno, cuyos límites fueron determinados por decreto supremo número 1,747, de fecha 6 de Noviembre de 1940, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo siguiente.