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Artículo 1 transitorio de la Ley 11.847 · Modifica el código orgánico de tribunales

Modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26853 / 8830432.

Texto oficial

Artículo 1.o Los actuales Jueces, Secretarios, personal y los Receptores del Quinto y Octavo Juzgados de Letras de Menor Cuantía en lo Criminal y Civil de Santiago, serán trasladados respectivamente a los Juzgados del Crimen y Civil que se crean por la presente ley. Los Secretarios de los Juzgados suprimidos seguirán devengando sus actuales remuneraciones, mientras desempeñen sus funciones en los nuevos Tribunales.