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Artículo 2 transitorio de la Ley 11.847 · Modifica el código orgánico de tribunales

Modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26853 / 8830433.

Texto oficial

Artículo 2.o Los Juzgados que se crean por la presente ley, entrarán a conocer de los negocios judiciales que se promuevan después de su vigencia.