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Artículo 10 de la Ley 20.240

Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ministerio público

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268531 / 8132886.

Texto oficial

Artículo 10.- Existirá una entidad evaluadora de origen externo que tendrá como función efectuar el proceso de verificación del grado de cumplimiento de las metas contenidas en el Compromiso de Gestión Institucional refrendado conforme a lo previsto en el artículo 6°, sobre la base de los informes que sobre la materia haya elaborado por el Fiscal Nacional. Excepcionalmente, y para el evento que no existieren entidades oferentes para efectuar el aludido proceso, éste podrá desarrollarse por una persona natural designada conforme al procedimiento previsto en el inciso siguiente. La entidad evaluadora será seleccionada y contratada, previa licitación pública, por el Ministerio de Hacienda, por intermedio de la Dirección de Presupuestos. Las bases de licitación deberán ser aprobadas conjuntamente por el Ministerio Público y el Ministerio de Hacienda.