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Artículo 9 de la Ley 20.240

Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ministerio público

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268531 / 8132885.

Texto oficial

Artículo 9°.- Una vez refrendado el Compromiso de Gestión Institucional, éste podrá ser revisado o reformulado mediante una modificación fundada al convenio a que se refiere el artículo 6°, en la medida que en el período de ejecución se presenten causas externas calificadas y no previstas, que limiten seriamente su logro o se produzcan reducciones en el presupuesto destinado a financiar ítems relevantes para su cumplimiento. La calificación de las referidas causas y posterior revisión de las metas, será realizada, previa solicitud del Fiscal Nacional, por el Ministro de Hacienda. De acogerse las referidas causas, deberán quedar señaladas detalladamente en el Convenio Modificatorio.