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Artículo TERCERO transitorio de la Ley 20.240

Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ministerio público

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268531 / 8132902.

Texto oficial

Artículo Tercero.- El mayor gasto que irrogue la aplicación de esta ley durante el año 2008 se financiará con los recursos contemplados en la Partida 23 Ministerio Público del Presupuesto del Sector Público vigente. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-24-03.104 de la Partida Tesoro Público, podrá, adicionalmente, suplementar el presupuesto de la Partida Ministerio Público, en la parte de dicho gasto que no pudiere financiarse con sus recursos.