Texto oficial
Artículo 2°.- El mayor gasto que irrogue la aplicación de esta ley será financiado con cargo a los presupuestos institucionales de las Fuerzas Armadas.
Incrementa el monto de la asignación mensual que perciben los soldados conscriptos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268562 / 7362081.