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Artículo 30 de la Ley 11.867

Consulta fondos para construir y reparar edificios de;los servicios de correos y telegrafos y aumenta sueldos del personal de esos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26873 · idParte: 8533284

Texto oficial

Artículo 30 Los cargos consultados en la planta que fija el artículo 15 serán proveídos cualquiera que sea su categoría o grado, por el personal en actual servicio, y su ubicación se hará respetando estrictamente los escalafones vigentes hasta completar cada categoría o grado y, si en alguno de ellos no existiere número suficiente de funcionarios, se continuará con los de la categoría o grado siguiente.