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Artículo 5 de la Ley 11.878

Autoriza a la municipalidad de machali para contratar uno o mas prestamos hasta por la suma de $ 12.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26884 / 8279880.

Texto oficial

Artículo 5°.- En caso de que los recursos a que se refiere el artículo anterior fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias.