Texto oficial
Artículo transitorio: No podrá exigirse el pago de los beneficios establecidos en la presente ley, sino después de un año de promulgada ésta".
Aprueba el ingreso de los agentes de cabotaje al regimen de prevision de la caja de prevision de la marina mercante nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26886 / 7174042.