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Artículo 1 de la Ley 11.891

Fija condiciones para editar documentacion privada y oficial de la administración de don bernardo o'higgins

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26897 / 5970312.

Texto oficial

"Artículo 1.o La iconografía y la documentación privada y oficial publicadas o inéditas, que existan en Chile y en el extranjero, relacionadas con la historia de la Administración del Director Supremo don Bernardo O'Higgins y con su biografía personal, y cuya publicación en el Archivo de don Bernardo O'Higgins dispone el artículo 2.o de la ley N.o 7,367, de 20 de Noviembre de 1942, continuarán editándose en las condiciones que fija la presente ley. Los documentos inéditos que existan en archivos nacionales y que deban publicarse en esta obra, no podrán ser proporcionados, antes que ello se realice, a publicaciones extranjeras.