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Artículo 31 de la Ley 20.248 · Establece ley de subvención escolar preferencial

Establece ley de subvención escolar preferencial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269001 / 8021318.

Texto oficial

Artículo 31.- El Ministerio de Educación entregará regularmente a la Comisión Especial de Presupuestos, informes describiendo las acciones y evaluando los avances en cada uno de los establecimientos educacionales con más de quince por ciento de alumnos prioritarios, y los aportes educativos y de todo tipo que haya efectuado la instancia responsable de dicho Ministerio.