Texto oficial
Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Puerto Saavedra para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile, con otras instituciones de crédito o particulares, uno o más préstamos que produzcan hasta la cantidad de $ 3.000.000, a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de siete años.