Texto oficial
Artículo 2.o Facúltase al Banco del Estado de Chile para tomar el empréstito cuya contratación se autoriza en el artículo anterior, para lo cual no regirán las disposiciones restrictivas de su ley orgánica.
Autoriza a la i. municipalidad de ranquil para contratar directamente con el banco del estado de chile un prestamo que produzca hasta la cantidad que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269097 / 8434389.